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jueves, 28 de octubre de 2010

ACTIVIDAD 2

CESANTIA: Es cuando una persona deja de trabajar, es cesado.
Se refiere a la edad máxima para un trabajador, llegando a esa edad es jubilado o cesado.
Se llama Cesantía en edad avanzada.
También existe la cesantía por un accidente que derive en una incapacidad para desarrollar el trabajo, entonces es cesantía por incapacidad temporal o permanente.



HONORARIO: Es la remuneración a la actividad, prestación o trabajo realizado por una persona natural —sin vínculo laboral— o jurídica, en el cual predomina el actor intelectual! sobre el puramente material o mecánico.


PENSION: Cuando una  persona cotiza determinadas semanas se le da el ahorro que el mismo pago cuando cumpla una edad especifica
JUBILACION: es el nombre que recibe el acto administrativo por el que un trabajador en activo, ya sea por cuenta propia o ajena, pasa a una situación pasiva o de inactividad laboral, luego de alcanzar una determinada edad máxima legal para trabajar.
SUBEMPLEO: ocurre cuando una persona capacitada para una determinada ocupación, cargo o puesto de trabajo no está ocupado plenamente, por lo que opta por tomar trabajos menores en los que generalmente se gana poco. También ocurre en algunas empresas donde la persona comienza con un cargo menor y después se capacita y se titula. Uno de los "trabajos del subempleo" es la venta de cosas en la calle.

miércoles, 13 de octubre de 2010

ACTIVIDAD

EMPRESA: Una empresa es una organización o institución dedicada a actividades o persecución de fines económicos o comerciales. Se ha notado que, en la práctica, se pueden encontrar una variedad de definiciones del termino. Eso parece ser debido por lo menos en parte a que a pesar de su aparente simplicidad el concepto es complejo. Así, se puede considerar que esas diferencias enfatizan diversos aspectos.



IMPUESTO: El impuesto es una clase de tributo (obligaciones generalmente pecuniarias en favor del acreedor tributario) regido por [Derecho público].Se caracteriza por no requerir una contraprestación directa o determinada por parte de la Administración (acreedor tributario).Surge exclusivamente por la "potestad tributaria del Estado", principalmente con el objeto de financiar sus gastos.Su principio rector, denominado "Capacidad Contributiva", sugiere que quienes más tienen deben aportar en mayor medida al financiamiento estatal, para consagrar el principio constitucional de equidad y el principio social de solidaridad.


 RECURSOS: Se denomina recursos a aquellos elementos que aportan algún tipo de beneficio a la sociedad. En economía, se llama recursos a aquellos factores que combinados son capaces de generar valor en la producción de bienes y servicios. Estos, desde una perspectiva económica clásica, son capital, tierra y trabajo.}



ESTADO: El Estado es un concepto político que se refiere a una forma de organización social y política soberana y coercitiva, formada por un conjunto de instituciones involuntarias, que tiene el poder de regular la vida nacional en un territorio determinado. Usualmente, suele adherirse a la definición del Estado, el reconocimiento por parte de la Comunidad internacional.



EMPLEADOS: Es una persona que con la edad legal suficiente, y de forma voluntaria presta sus servicios retribuidos. Cuando no tiene la edad suficiente, se considera trabajo infantil. Si no presta los servicios de forma voluntaria, se considera esclavitud o servidumbre.
Estos servicios pueden ser prestados dentro del ámbito de una organización y bajo la dirección de otra persona física o persona jurídica, denominada empleador o empresario; o bien como trabajador independiente o autónomo.
 

lunes, 4 de octubre de 2010